Seguridad Vial
Tasas de Alcohol y Drogas Permitidas por la DGT en 2026
📅 Actualizado a la normativa 2026
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👤 Equipo Editorial AprobadosYA
El alcohol es uno de los factores de riesgo con mayor presencia en los accidentes mortales de tráfico. En España, la normativa fija límites de alcoholemia estrictos y establece la Tasa Cero (0,0 mg/l) para conductores menores de edad.
1. Tabla Oficial de Tasas Máximas de Alcoholemia DGT 2026
0,0 mg/l
Conductores Menores de Edad
Tasa Cero absoluta en aire espirado y sangre para cualquier vehículo, ciclomotor o VMP.
0,15 mg/l
Noveles y Profesionales
Límite en aire espirado (0,30 g/l en sangre) durante los 2 primeros años de carné o servicio profesional.
0,25 mg/l
Conductores Generales
Límite máximo general en aire espirado (0,50 g/l en sangre).
2. Obligatoriedad de Someterse a las Pruebas de Detección
Todos los conductores de vehículos y bicicletas están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas cuando sean requeridos por los agentes en controles preventivos, tras cometer una infracción o al verse implicados en un accidente.
Sanción por negativa: Negarse a realizar la prueba constituye un Delito contra la Seguridad Vial (Art. 383 CP) castigado con pena de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
La Ley sobre Tráfico prohíbe circular por las vías públicas conduciendo cualquier vehículo con una tasa de alcohol superior a los límites reglamentariamente establecidos.
Obligatoriedad de someterse a las pruebas
Todos los conductores de vehículos y bicicletas están obligados a someterse a las pruebas de detección alcohólica o de drogas cuando sean requeridos por los agentes en controles preventivos, tras cometer una infracción o al verse implicados en un accidente. La negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia o drogas constituye delito penal según el Artículo 383 del Código Penal (castigado con pena de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años).
1. Confundir mg/l en aire con g/l en sangre
Recuerda la equivalencia básica: la tasa en sangre es numéricamente el doble que la de aire espirado (0,25 mg/l en aire equivale a 0,50 g/l en sangre).